Como consecuencia del fallo del día de la fecha, en el que el juez del concurso de Vicentín rechazó la propuesta de los accionistas y ordenó la reapertura del período de concurrencia (artículo 48 LQD), también conocido como "cramdown" o "salvataje", el Banco Nación, en su condición de acreedor privilegiado, velará en la etapa que se inicia para que se cumplan con los objetivos respecto de que la empresa continúe siendo una gran referente en el mercado local, para defender las fuentes de trabajo y la producción.
De esta manera, y en sintonía con lo alegado por el BNA en sendas presentaciones, incluida la impugnación a la propuesta, el juez al resolver en su sentencia reconoció “la desigual distribución del esfuerzo entre los acreedores y la sociedad concursada que implicaba la propuesta en cuestión”, concluyendo en su fallo la necesidad de adoptar "mayor control y presencia tuitiva del Estado en aquellas empresas o sectores que se consideren estratégicos”.
Ahora, con la apertura de esta nueva etapa procesal, resurge la posibilidad del Estado Nacional de lograr su objetivo en defensa de las y los argentinos, es decir, sostener la unidad productiva evitando el desguace y fundamentalmente su protección.
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Prensa BNA
15 de septiembre de 2023